IberCaja ha sido condenada por el Juzgado de Instrucción número 4 de Torrelavega a indemnizar con 2.000 euros a un cliente al que consideraron moroso por error, lo que provocó que la entidad denegara un crédito a esta persona.
El denunciante acudió a la oficina de Torrelavega con la intención de pedir un préstamo, aunque en la sucursal le comunicaron que era imposible porque en su base de datos constaba que el cliente tenía una deuda impagada en otra sucursal, la de Guadalajara.
Allí, le informaron, había una cuenta a su nombre y con sus mismos datos, aunque abierta por otra persona distinta. De este modo, al existir una deuda impagada, el cliente había sido incluido en un registro de morosos.
La sentencia establece que la entidad actuó de forma negligente al no informar al cliente de la deuda, al incluir sus datos en un fichero gestionado por terceros y al dar de baja al demandante en dicho fichero con un “extraordinario” retraso (once meses después).
De este modo, el cliente pudo solicitar finalmente su crédito, al tiempo que ha sido indemnizado con 2.000 euros, a causa de un delito de vulneración y atentado contra el derecho al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen del perjudicado por parte de IberCaja.
J. Rodríguez
